Tito Macia

Astrología una manera distinta de percibir la realidad

DETERMINACIONES ACCIDENTALES DE PLANETAS Y ESTRELLAS. Fragmento de Morín de Villefranche

Traducido por Maribel Roig para la Escuela de Traductores de Sirventa

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Las determinaciones accidentales de los Planetas y estrellas, consideradas desde el punto de vista de los efectos que produce su influjo, son múltiples.
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La primera procede de los signos Zodiacales. Ya que todo cuerpo celeste debe necesariamente tratarse juntamente con un Signo, puesto que no puede pasar por un signo sin que astro y Signo se asocien; este cuerpo celeste no manifiesta inconveniente por entrar en cooperación con un Signo más que con otro. Ejemplo: El Sol en Aries se encuentra, por el hecho de su paso por ese signo, condicionado a cooperar con él; así el Sol y Aries se determinan mutuamente.
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Esa misma relación se manifiesta entre todo Signo y su Regente; y así todo Signo Zodiacal opera según la naturaleza de su Regente.
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Esta misma relación es la que forma la base de los aforismos de Firmicus Maternus, de Stoffler, de Ranzow y de otros astrólogos que se pronuncian sobre los efectos que produce un planeta cuando se encuentra en el domicilio de otro, combinando las propiedades de aquél con las de su Regente. Se debe recordar aquí que los Planetas Saturno, Júpiter, Marte, Venus y Mercurio tienen dos Casas celestes y que no se comportan de la misma manera en una que en otra. Por esto esos aforismos están sujetos a precaución.
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En segundo lugar, la acción de un planeta se encuentra accidentalmente determinada por los otros Planetas o estrellas que vienen a unirse a él. Para Saturno, por ejemplo, se muestra indiferente en cuanto a operar con Marte antes que con Venus o con el ojo del Toro (Aldebarán) o con el corazón del Escorpión. Aquí se puede decir que si dos astros se unen para un acción común, se determinan recíprocamente como dos asociados en una empresa. Esta interacción recíproca deriva no sólo de su reunión corporal, dicho de otra manera, de su conjunción, sino también de cualquier otro aspecto que formen entre ellos.
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Las dos formas de determinación que acaban de ser explicadas, son conocidas universalmente, por eso el estado celeste de los Planetas considerados está en juego aquí. No se sabría entonces sacar una conclusión particular. En efecto, el estado celeste de un Planeta es común a toda la naturaleza sublunar y no se manifiesta antes sobre un individuo que sobre otro. En esta combinación de dos o varios influjos, la operación de cada uno de los planetas que están allí en actividad, se encuentra ayudada o debilitada o alterada por la de los otros que entran en la combinación.
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Estas son únicamente las modificaciones que expresan los aforismos de los antiguos astrólogos que han tratado de los efectos que produce cada planeta cuando se encuentra en conjunción, sextil, cuadratura, trígono o en oposición con otro. Donde estos astrólogos se han equivocado es cuando han querido sólo del estado celeste de un Planeta pronosticar efectos especiales a un individuo, siendo que consideran este Planeta así forzosamente desde un punto de vista absoluto, puesto que el estado celeste es común a toda la Tierra e indiferente a la consideración de los individuos. Esas predicciones serán falsas cada vez que no se tengan en cuenta los elementos de determinación particular del sujeto, dicho de otra manera lo que constituye el estado terrestre del Planeta considerado: su posición y su dignidad en tal Casa astrológica.
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Después de estas dos formas de determinación generales, dos de orden particular:
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Se manifiestan aquí cuatro determinantes: 1)la posición en una Casa astrológica; 2)las Dignidades esenciales; 3)los aspectos; 4)los antiscios.
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Las Dignidades esenciales son tres, como se sabe: Dominación en Casa o Regencia, Exaltación y Trigonocracia.
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Apenas es necesario señalar que la determinación de un Planeta por el hecho de su posición o de su dignidad en una Casa astrológica puede añadirse a la determinación procedente de otro Planeta en conexión con el primero, determinación explicada en página anterior. Esta determinación adicional encuentra una doble expresión según se considere el Planeta que acaba de unirse al primero, según su analogía simple (por ejemplo, cuando el Regente del Ascendente se encuentra con el Sol, la acción de este Regente está determinada por el Sol mismo para el sujeto hacia las dignidades, los honores, etc.). El punto de vista de su propia determinación particular en la figura de la natividad (ejemplo: el Regente del Ascendente encontrándose con el Sol, siendo éste Regente de la Casa XII, presagia para el sujeto enfermedades y fuertes enemigos ocultos).
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Ahora examinaremos las diversas formas de determinación una tras otra y estableceremos su importancia relativa. Es ahí donde se encuentran los principales secretos de la Astrología.
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Lo primero a observar es lo que cada Planeta puede significar en razón de su naturaleza; después en razón de su estado celeste, dicho de otra forma en razón del Signo zodiacal por el cual pasa, del Regente al que está sometido y de sus relaciones por conjunción o aspecto con otros Planetas. Lo que significa en razón de su estado terrestre, dicho de otra forma, en razón de su posición o de su dignidad en tal o cual Casa astrológica.
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Es cierto que el estado celeste - esto ha sido dicho en numerosas ocasiones- es general para todo nuestro mundo, por consiguiente común a todos los individuos sublunares, y no significa así nada que pueda ser particular a Juan más que a Pedro. Sin embargo, puesto que a fin de cuentas todo Planeta debe ser considerado desde el punto de vista de su determinación local en la figura de un individuo dado, no se sabría definir exactamente qué efectos particulares producirá sobre este individuo en razón de la Casa astrológica en la cual se encuentra situado o en la que domina, a menos de conocer previamente las tendencias que le imprime su estado celeste.
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Se forma aquí una combinación de las virtudes derivándose por una parte de la naturaleza del Planeta considerado y procediendo de otra parte de su estado celeste; en esta combinación prevalecerán siempre las propiedades fundamentales del Planeta mismo, pero su manifestación será activada o trabada, fortalecida o enervada, favorecida o viciada por los otros elementos que componen el estado celeste del Planeta. En resumen, es el resultado de esta combinación lo que decide sobre la cualidad de los efectos particulares, cuya categoría está marcada por el estado terrestre.
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Se ve pues por aquello, que para conocer los efectos particulares que producirá un Planeta, es necesario saber con anterioridad sus propiedades generales así como las que derivan de su naturaleza propia y de la ayuda o contrariedad que sufren del hecho de su estado celeste.

Así el Sol en Leo, favorecido por un aspecto de trígono de Júpiter, sin aspecto de parte de un maléfico, aumenta de una manera extraordinaria todo lo que es Solar con la ayuda de lo que es jupiteriano, y esto en el mundo sublunar entero; así como para todo individuo que nazca en ese momento. Este aumento se hace en el sentido de la determinación local del Sol y de Júpiter en la figura de la natividad.
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Por el contrario cuando el Sol se encuentra en Acuario y su influjo es maleficiado por una cuadratura o una oposición, se observará que todos los efectos solares, tanto universales como particulares, estarán viciados......
"La Teoria de las Determinaciones Astrológicas de Morin de Villefranche" de H.Selva, de Ed Traditionelles, de París. Traducido al castellano por Maribel Roig.

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